La plaza número 1 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz ha condenado a Osakidetza a indemnizar con 1,2 millones de euros a los progenitores de un bebé que falleció en diciembre de 2020, cuando tenía cinco meses. La resolución considera que se produjo mala praxis en la actuación de la genetista a la que recurrió la pareja antes de volver a tener descendencia.
La sentencia, difundida por el Consejo General del Poder Judicial en un comunicado, analiza los antecedentes de una familia que ya había perdido a otro bebé en 2019. En aquel primer caso se realizó un informe genético que no detectó ninguna alteración patogénica, aunque tampoco descartó la existencia de una causa genética desconocida. Posteriormente, la pareja decidió solicitar asesoramiento especializado antes de intentar un nuevo embarazo.
El asesoramiento antes del segundo embarazo
Según recoge la resolución, la pareja facilitó a una genetista e investigadora de un hospital público vasco el estudio realizado al primer bebé. Tras revisar ese informe, la profesional les indicó que podían ser padres de nuevo con un riesgo muy bajo y no recomendó ampliar las pruebas para fundamentar el consejo genético. El segundo bebé nació posteriormente y murió a los cinco meses, en diciembre de 2020.
El estudio practicado después de ese fallecimiento fue un análisis de exoma, descrito en la sentencia como una prueba más amplia que la realizada al primer hijo. Ese examen identificó una mutación en el gen NFU1, que no había sido analizado en el estudio genético anterior. La pareja sostuvo que no se había dado suficiente importancia a la posibilidad de una causa hereditaria ni se habían planteado otras pruebas antes de la nueva gestación.
- El primer bebé falleció en 2019 y su estudio no descartó una causa genética desconocida.
- El segundo bebé murió en diciembre de 2020, a los cinco meses.
- El análisis posterior detectó una mutación del gen NFU1.
- La indemnización establecida por el juzgado asciende a 1,2 millones de euros.
La posición de Osakidetza
Osakidetza defendió durante el procedimiento que no existía una relación causal entre la asistencia prestada y el desenlace. La organización sanitaria argumentó que los síntomas observados en el primer bebé no permitían establecer el diagnóstico que se alcanzó más tarde mediante el estudio de exoma. El juzgado, sin embargo, ha considerado que la actuación profesional no tuvo en cuenta de forma suficiente la falta de una prueba genética más amplia.
| Elemento | Datos de la resolución |
|---|---|
| Órgano judicial | Plaza número 1 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz |
| Entidad condenada | Osakidetza |
| Indemnización | 1,2 millones de euros |
| Alteración identificada | Mutación del gen NFU1 |
La resolución sitúa el centro del caso en el asesoramiento genético ofrecido antes del segundo embarazo y en la valoración de los estudios disponibles entonces. El fallo concluye que no bastaba con trasladar a la pareja un riesgo muy bajo sin recomendar nuevas comprobaciones, después de que el primer informe no hubiera descartado una causa genética no identificada. La información sobre la sentencia ha sido comunicada por el Consejo General del Poder Judicial y recogida por Europa Press.